Si eres compositor/Autor de tu propia música, una de las mayores fuentes de ingresos que puedes tener si tienes los derechos (y estas en una entidad de Gestión de Derechos de Autor o cuentas con un Editor Musical)
Aquí tienes los cinco tipos más comunes de regalías generadas por la edición de música que puedes recaudar:
- Regalías Mecánicas:
Como autor de la canción y propietario de los derechos, eres acreedor de una regalía cada vez que tu composición se vende, o es reproducida con la intención de ser vendida (en vinilo, cinta, CD, MP3, etc). La regalía automática es normalmente de 9.1 céntimos por copia reproducida, sin importar si esos álbumes o singles se venden finalmente.
En otras palabras, si alguien hace una versión de una de tus canciones y fabrica 100 CDs – te debe 91$ se hayan o no vendido esos CDs.
También eres acreedor de una regalía mecánica por las ventas de tu música en TUS PROPIOS álbumes. Aunque si estás actuando como tu propio sello, básicamente estarás pagándote esta regalía a ti mismo extrayéndole de las ganancias de dicho álbum.
Los servicios de streaming de pago como Spotify también pagan una pequeña regalía automática cada vez que tu canción es seleccionada en una lista de reproducción.
- Regalías de Ejecución:
Como compositor / editor, eres acreedor de una regalía cada vez que tus composiciones son interpretadas en público. Esto incluye:
- interpretaciones en emisoras de radio terrestres y por satélite (Sirius, KEXP, etc.)
- utilización en cadenas de TV y de TV por cable.
- reproducciones en radios por Internet (Pandora)
- Licencias para la sincronización:
La sincronización se da cuando una pieza de música y una imagen están “sincronizadas” como sucede por ejemplo en la banda sonora de una película.
Cuando una grabación es utilizada como banda sonora en un show de TV, una película, un anuncio, un videojuego, una representación, o un vídeo de YouTube, se le deben unos honorarios al autor/editor, Y al propietario de los derechos de la copia maestra de la grabación. Si tú escribiste la canción y no has vendido los derechos, eres el editor. Si eres dueño de la grabación eres el propietario de los derechos de autor. En este caso se te deberían pagar ambas regalías.
- Licencias para el sampleado:
Si alguien quiere utilizar un ritmo de batería, un fragmento sonoro, o cualquier otra parte de una canción que tú has escrito y grabado, primero debe obtener tu autorización y entonces pagarte también las regalías derivadas de este uso.
Ambos propietarios de los derechos (el dueño de la copia maestra de la grabación y el autor/editor) deben cobrar su dinero cuando un artista usa un fragmento del trabajo original de otro artista.
5.- Derechos por la impresión de partituras:
Como autor/editor, tú cobras cada vez que tu composición es duplicada en forma impresa, lo que incluye partituras, tablaturas, libros de canciones, etc.
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